Reingeniería Fiscal

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  • Qué son los triángulos fiscales?
  • Cómo hacen para pagar menos impuestos de forma legal?
  • Hasta que punto es cierto que las grandes empresas no pagan los impuestos que deberían?
  • Es un problema principalmente de España?
  • Es debido a una débil legislación fiscal?

 

La guerra entre las empresas tecnológicas y multinacionales de gran renombre respecto a los países en lo que realizan su actividad económica empiezan a dar los primeros indicios de mejora. Actualmente la situación supone un importante conflicto a nivel mundial, por lo que se requiere un planteamiento global para hallar con la solución.

La raíz del problema se encuentra en la temática de la tributación en sede de residencia (pago de impuestos en cada país) y los triángulos fiscales.

Las legislaciones fiscales fijan la tributación principal en función de los beneficios que tiene cada compañía. Estos se devengan en el país donde se encuentre el domicilio social de la compañía.

Por ejemplo, “Telefónica” tiene domicilio social en España (C/ Gran Vía nº 28, 28013 Madrid). Ésta debe tributar por su renta mundial (beneficios obtenidos en todo el mundo) en España, indiferentemente de donde se realice la actividad económica.

Supongamos ahora que tratamos con una empresa Española (ficticia), “A Dominguez”. Esta empresa vende productos cosméticos a nivel nacional, pero deciden pasar a vender sus productos en países diferentes, entonces pueden verse diferentes situaciones:

  • Convenio de doble imposición: Si el país de elección presenta un convenio de doble imposición con su país de origen, la tributación de los beneficios producidos en el país extranjero vendrán determinados por las cláusulas del convenio. Sin embargo, sólo pagarán impuestos en un país y podrán descontarse los impuestos pagados en dicho país respecto al resultado mundial de beneficios obtenidos.
  • No convenio de doble imposición: Si el país elegido no ofrece la posibilidad de dicho convenio, se deberá asignar un establecimiento en el país extranjero con tal de poder vender. En lo que se refiere a política tributaria suscita un conflicto.
  • Crear filial en el país de destino: Dicha filial quedaría sujeta a las leyes tributarias de dicho país.
  • No crear filial: Por lo que se vendería directamente en el país sin tener una figura jurídica propia respecto la legislación fiscal dada. Para entendernos, muchos problemas legales y burocráticos.

Nota: Tener en cuenta países o estados que ofrecen unas condiciones tributarias muy golosas y únicas. Ejemplo; Luxemburgo, Irlanda, Delaware,…

Hasta aquí todo bien, el problema se produce cuando se realiza una combinación estratégica de cada uno de los cuatro puntos añadiendo un punto de picaresca. Lo que llamamos “ingeniería fiscal”.

Siguiendo con el ejemplo anterior, “A dominguez” traslada su domicilio social a “Delaware” en EEUU, de forma que no grave con impuestos los beneficios que obtenga la empresa fuera de ese territorio. (Por ejemplo Google).

Toda la renta positiva de “A dominguez” obtenida fuera de EEUU quedaría exenta de tributación bajo la condición de pseudoparaíso fiscal. Es decir, la empresa que en un inicio obtenía todos sus beneficios en España y pagaba por ellos en España, de repente se traslada a Delaware, donde solo pagará por los productos vendidos en EEUU, los cuales serán pocos ya que acaban de empezar a abrirse mercado en el nuevo país, y no pagará ni un céntimo a España donde efectúa casi la totalidad de su negocio.

Casos parecidos se dan en Europa. El mejor sitio para situar una sociedad a nivel tributario es sin lugar a dudas Irlanda, ofreciendo el impuesto de sociedades más bajo de toda la zona euro. Apple, Facebook, Twitter, Linkedin, Google y otras muchas más de tecnológicas se añaden a la larga cola situando su filial europea en Irlanda).

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También encontramos territorios que ofrecen unas condiciones financieras “muy exclusivas” como Luxemburgo. Ejemplo: Microsoft, Skype,…

Llegado a este punto ya tenemos el triángulo perfecto.

Por tanto, ya se da el triángulo perfecto. Tenemos una empresa como Google por ejemplo, con sede social en un territorio que no pagará impuestos por los ingresos que obtenga fuera de EEUU; tenemos una filial que pagará muy pocos impuestos por los beneficios que obtenga y venderá a un montón de países en los que la filial irlandesa venderá pero sin establecimiento de ningún tipo y por tanto sin obligación de tributar por el impuesto de sociedades y además, vamos a controlar sus costes de transferencia en Luxemburgo.

Establecida esta estructura y con una buena Reingeniería fiscal, las compañías parecen encontrarse en una posición de poderío legal.

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Xataka. Economía mundial: Empresas tecnológicas: beneficios en España pero pagan impuestos en Irlanda, Se acabó el chollo de Irlanda: gigantes como Google o Apple pagarán impuestos en Reino Unido. 2/2/16

Imágenes: www.deconomica.com, http://www.ohmygeek.net